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Incoterms

Incoterms® 2020: quién despacha y quién asume el riesgo

Guía operativa · Reglas ICC 2020

Revisado: 2026-10-05

Qué son los Incoterms®

Los Incoterms® (International Commercial Terms) son un conjunto de 11 reglas publicadas por la Cámara de Comercio Internacional (ICC) que definen las responsabilidades del vendedor y del comprador en una operación de compraventa internacional. La edición vigente es Incoterms® 2020, en vigor desde el 1 de enero de 2020.

Determinan tres cosas clave: quién organiza y paga el transporte, quién despacha la exportación y la importación, y dónde se transfiere el riesgo de pérdida o daño de la mercancía del vendedor al comprador.

Los 11 Incoterms® 2020 en resumen

CódigoNombreTransporte principalDespacho export.Despacho import.Riesgo pasa al comprador en…
EXWEn fábricaCompradorCompradorCompradorInstalaciones del vendedor
FCAFranco transportistaCompradorVendedorCompradorEntrega al transportista designado
FASFranco al costado del buqueCompradorVendedorCompradorAl costado del buque en el puerto de embarque
FOBFranco a bordoCompradorVendedorCompradorA bordo del buque en el puerto de embarque
CFRCoste y fleteVendedorVendedorCompradorA bordo del buque (el vendedor paga el flete)
CIFCoste, seguro y fleteVendedorVendedorCompradorA bordo del buque (vendedor paga flete + seguro mín.)
CPTTransporte pagado hastaVendedorVendedorCompradorEntrega al primer transportista
CIPTransporte y seguro pagados hastaVendedorVendedorCompradorEntrega al primer transportista (vendedor paga seguro completo ICC A)
DAPEntregada en lugarVendedorVendedorCompradorLugar de destino (sin descargar)
DPUEntregada en lugar descargadaVendedorVendedorCompradorLugar de destino (descargada)
DDPEntregada derechos pagadosVendedorVendedorVendedorLugar de destino (derechos incluidos)

Grupos funcionales

Grupo E — Salida (EXW)

El vendedor solo pone la mercancía a disposición. Todo el riesgo y coste recae en el comprador desde el punto de origen.

Grupo F — Transporte principal no pagado (FCA, FAS, FOB)

El vendedor entrega la mercancía al transportista designado por el comprador. El comprador organiza y paga el transporte principal.

Grupo C — Transporte principal pagado (CFR, CIF, CPT, CIP)

El vendedor paga el transporte principal, pero el riesgo se transfiere al comprador en el punto de embarque/entrega al transportista. Hay disociación entre coste y riesgo.

Grupo D — Llegada (DAP, DPU, DDP)

El vendedor asume riesgo y coste hasta el destino. Máxima obligación del vendedor. DDP es el caso extremo: el vendedor también despacha la importación y paga los derechos.

Marítimo vs. cualquier modo

Solo marítimoCualquier modo de transporte
FAS, FOB, CFR, CIFEXW, FCA, CPT, CIP, DAP, DPU, DDP

Usar un Incoterm marítimo (FOB, CIF…) en transporte por carretera o contenedor multimodal es un error frecuente que genera incertidumbre sobre el punto de transferencia de riesgo. Para carretera, los Incoterms del grupo «cualquier modo» son los apropiados.

Quién debe contratar seguro

Solo CIF y CIP obligan al vendedor a contratar seguro:

  • CIF: cobertura mínima (cláusula ICC C).
  • CIP: cobertura completa (cláusula ICC A, «All Risks»), desde Incoterms® 2020.

En los demás términos, el seguro es responsabilidad de quien asume el riesgo (generalmente el comprador, si quiere protegerse).

Incoterms® NO regulan

Aunque asignan obligaciones de entrega, coste y riesgo, los Incoterms® no sustituyen:

  • El contrato de transporte (CMR, CIM, etc.).
  • La legislación aduanera o regulatoria aplicable.
  • Los regímenes de responsabilidad del transportista.
  • La propiedad de la mercancía (que depende del contrato de compraventa y de la ley aplicable).

Fuentes oficiales citadas

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Esta guía tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Consulte siempre el texto oficial vigente.